Ocho de cada diez pisos son rechazados o sus compradores no cumplen los requisitos legales

En pleno boom del ladrillo y con el precio de los pisos por las nubes, la vivienda pública constituía un sueño para muchos ciudadanos. Era la forma de acceder a su propia casa a un precio que no hipotecase el resto de su vida.Sin embargo, el registro del bipartito se topó con un problema. Hasta el 80% de las viviendas de promoción pública y el 50% de las viviendas de promoción autonómica debían volver a adjudicarse bien porque las personas ya no cumplían los requisitos establecidos o bien porque las rechazaban por estar situados en lugares que no les interesaban. La Xunta de Feijóo presentó el nuevo registro como antídoto contra estas "anomalías", que el Gobierno autonómico apuntala con datos. Desde el anterior Ejecutivo se presentó el registro único como una de las medidas estrella para facilitar el acceso a la vivienda y se adjudicaron 1.382 de un total de 2.282 casas de protección autonómica. Sin embargo, sólo llegó a concretar la venta de 317, según datos de Medio Ambiente.

Para inscribirse en el registro del bipartito era suficiente con presentar el DNI. Las circunstancias familiares se acreditaban una vez que le hubiese tocado una vivienda. Cuando se comprobaban, en muchos casos no cumplían los requisitos, lo que alargaba el proceso entre el sorteo y la venta final de la casa por parte del promotor, con repeticiones de sorteos en muchos casos.

Como también podían solicitarse en muchos ayuntamientos, el adjudicatario prefería a veces renunciar, a la espera de conseguir casa en el municipio que le interesaba.

En el nuevo registro los inscritos decidirán si quieren optar a las viviendas de cada promoción, lo que complicará la gestión previa, pero evitará renuncias posteriores, según Medio Ambiente.

Ahora los ciudadanos interesados deberán presentar en las delegaciones de Vivienda de la Xunta o el IGVS una fotocopia del DNI; la última declaración de la renta o, en caso de estar exentos, una declaración jurada y la justificación de ingresos; una copia del libro de familia y un certificado del registro de la propiedad que acredite que no es propietario de ninguna vivienda. También deberán acreditar su condición las víctimas de violencia de género o terrorismo, las personas separadas o divorciadas y las que cuenten con familiares dependientes a su cargo.

Fuente: http://www.laopinioncoruna.es/
 
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