Varios jueces se rebelan contra el Supremo y declaran nulo el IRPH


La Audiencia Provincial de Girona y un juzgado de Primera Instancia de Amurrio (Álava) se han rebelado contra la sentencia del Tribunal Supremo que daba la razón a la banca respecto al IRPH, al considerar que las hipotecas referenciadas a este índice no son ni opacas ni abusivas, y han declarado en sendas sentencias abusivo dicho índice. En ambos casos se trata de sentencias posteriores al pronunciamiento del Tribunal Supremo el 14 de diciembre de 2017, y dan la razón a los consumidores, aunque con planteamientos y fallos desiguales.

La primera, dictada el 15 de enero de este año, del Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Amurrio (Álava). En ella, la juez falla contra Caja Rural de Navarra y anula el IRPH por abusivo y por falta de transparencia. Además, la magistrada condena a la entidad a dejar el préstamo sin interés. La segunda sentencia de la sección 2 de la Audiencia Provincial de Girona, dictada el 11 de enero contra Caixabank. En este caso, la cláusula predispuesta por el banco estipulaba que al desaparecer el índice de referencia cajas y el sustitutivo, el CECA, la cuota quedaba fija a partir del último valor del IRPH Cajas.

Los magistrados asumen la doctrina del Supremo en el sentido de que el IRPH Cajas es legal, pero consideran que la estipulación por la que el préstamo pasa a tipo fijo no supera el control de transparencia. Así, falla a favor de la devolución de los intereses abonados de más, pero mantiene la aplicación del IRPH Entidades. Al igual que sucedió con la cláusula suelo, los juzgados han comenzado a rebelarse contra la Sentencia del Supremo.

"A la espera de que un juez nacional eleve la cuestión prejudicial a Europa, la discrepancia de los juzgados es un síntoma muy positivo", señala Patricia Suárez, presidenta de Asufin (Asociación de Usuarios Financieros). "En el caso de Amurrio además se adhieren al voto particular redactado por Javier Orduña que considera que el IRPH debe considerarse abusivo y, por tanto, nulo al no ajustarse a la doctrina del TJUE en materia de transparencia".

Patricia Suárez valora muy positivamente la sentencia de Amurrio. “Se ajusta a las directivas europeas que señalan que el préstamo se tiene que quedar sin remunerar para que se produzca un efecto disuasorio en la entidad. Si una cláusula es nula, el juez no puede proponer otro índice ni otro tipo de interés. Es una clara advertencia a los bancos de que sus abusos les pueden salir caros”.

En cuanto a la sentencia de la AP Nº2 de Girona, la presidenta de ASUFIN reconoce su importancia, pero no comparte totalmente el fallo. “En nuestras colectivas hay más de 600 familias a las que les han cambiado un índice por un tipo fijo, sin poder negociar, que es lo mismo que una cláusula suelo. No es admisible que lo sustituyan por el IRPH Entidades que es igualmente abusivo, tendremos que seguir peleando”.

Asufin espera que sea de nuevo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) quien aporte un rayo de esperanza a los afectados. “Ya sucedió con lacláusula suelo, los intereses de demora o las ejecuciones hipotecarias -añade Suárez-, y confiamos plenamente en que ocurra lo mismo con el IRPH”.

Esta asociación representa a mas de 1.500 afectados por hipotecas con IRPH: 750 contra Caixabank, 500 contra BBVA, 60 contra Bankia y unos 75 contra UCI. En los próximos meses presentará otra demanda colectiva contra Banco Sabadell y otra más contra Kutxabank.

 
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