La operación más rentable para el ahorrador conservador es amortizar hipoteca. Especialmente si la firmó antes del 31 de diciembre de 2012, puesto que tendrá derecho a la deducción de Hacienda, un 15 por ciento sobre un máximo de 9.040 euros, que se puede duplicar para los cónyuges que realicen la declaración de la renta por separado, ya que la Agencia Tributaria permite deducirse en este caso hasta 18.080 euros.
Amortizar hipoteca en el momento actual, con un euríbor que mes a mes pulveriza los mínimos y que ha cumplido su primer año cotizando en negativo, permite al hipotecado que el importe de la devolución a la que podría tener acceso (1.356 euros en caso de un solo hipotecado y de 2.712 euros para los cónyuges) doble lo que paga en los intereses del préstamo para una hipoteca media. Esa cantidad se puede disparar aún más si el hipotecado tuvo la suerte de firmar alguna de las hipotecas más baratas que se comercializaron antes de la crisis, con diferenciales entre el 0,18 por ciento y el 0,35 por ciento que hace que en la actualidad los intereses que cobra el banco sean testimoniales.
Y todo apunta a que esta situación se puede prorrogar en el tiempo. Gustavo Martínez, analista de XTB, explica la razón por la que el euríbor seguirá en estos niveles: «Las compras masivas de deuda por parte del Banco Central Europeo (BCE) producen un incremento en la oferta monetaria y a su vez una disminución del tipo de interés del dinero».
Aunque esta situación se podría revertir cuando el BCE decidiera cambiar su política monetaria, algo que no parece que vaya a ser inmediata, puesto que su presidente, Mario Draghi, explicó en la reunión de octubre que la retirada de los estímulos sería gradual (se iniciará en enero con la reducción a la mitad del volumen de compras hasta 30.000 millones de euros y se mantendrá hasta septiembre) así como dejó la puerta abierta a ampliarlo si fuera necesario.
Una rentabilidad del 15 por ciento
Estefanía González, portavoz de finanzas personales de Kelisto, señala que el derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual sería una razón clara a favor de amortizar: «La deducción del 15 por ciento de las cantidades aportadas supera lo que se pudiera conseguir con cualquier producto de ahorro en este momento». De la misma opinión es María Valero, experta de iAhorro, que explica que «habría que tener en cuenta cuánto importe destinaríamos al producto en sí, pero lo cierto es que hoy en día es complicado encontrar productos de ahorro clásicos con los que obtener más de un 2 por ciento de rentabilidad, a no ser que se contraten otros productos simultáneos».
Para un crédito medio, de 120.000 euros a 20 años y con un diferencial sobre euríbor del 0,65 por ciento, uno de los más habituales durante los años antes del estallido de la burbuja inmobiliaria, la cuota mensual se sitúa en 401 euros, de los cuales, 52,27 euros corresponde a los intereses que paga el hipotecado al banco por el préstamo. Al año abonaría en intereses 627,24 euros, mientras que tendría derecho a una devolución en la declaración de la renta de 721,8 euros. Si llegara hasta los 9.040 euros, obtendría unas ganancias netas de 728,76 euros.
Miquel Riera, experto en hipotecas de HelpMyCash, explica que para el inversor conservador si busca rentabilidad «hay dos productos que se ajustan a sus necesidades: las cuentas de ahorro y los depósitos, pero su rentabilidad neta es muy baja, por lo que será difícil encontrar una rentabilidad del 15 por ciento». «Invertir en otros productos como en bonos, acciones o fondos de inversión pueden dar una rentabilidad mayor, pero siempre hay que tener presente que, en estos casos, se puede perder el dinero invertido», advierte Riera.
No obstante, a la hora de amortizar hay que tener en cuenta una serie de premisas, como indica González. Por un lado, decidir si lo que vamos a amortizar es «cuota o plazo. Lo más beneficioso es amortizar reduciendo el plazo que nos queda para devolver la deuda ya que, de esa manera, el ahorro en intereses será mayor». Y en segundo lugar, hay que calcular las comisiones que cobra la entidad por ello. «En las hipotecas variable solo nos pueden cobrar la de desistimiento, pero en las fijas se podría añadir la de riesgo por tipo de interés si el banco incurre en una pérdida», recuerda González. En ese sentido, Valero señala que están limitadas por ley «al 0,5 por ciento de lo amortizado anticipadamente (dentro de los cinco primeros años del préstamo) y al 0,25 por ciento si es después de los cinco primeros años».
En cuanto al futuro, Martínez destaca que «los deudores hipotecados pueden estar tranquilos, pues al menos durante los próximos 12 meses van a continuar pagando cada vez menos o lo mismo, pero no más».
Fuente: http://www.finanzas.com/