La Comisión Europea (CE) llevará a España y a otros tres Estados miembros -Croacia, Chipre y Portugal- ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haber incorporado "completamente" en su legislación a la normativa europea sobre créditos hipotecarios. Los países tenían de plazo hasta el 21 de marzo de 2016 para trasponer la ley, ha precisado en un comunicado el Ejecutivo comunitario, que ya había pedido formalmente a estos países en 2015 que implementasen la directiva. El objetivo de la directiva es "crear un mercado de crédito hipotecario en toda la Unión con un nivel elevado de protección de los consumidores", indica la Comisión.
Según el Ejecutivo, la no aplicación de la ley europea en los Estados miembros da lugar a que los consumidores de esos países no dispongan de la protección que la misma otorga cuando suscriben sus préstamos hipotecarios o cuando experimentan dificultades para reembolsarlos.
Sin la directiva, adoptada el 4 de febrero de 2014, los intermediarios de crédito tampoco pueden contar con un pasaporte para sus actividades comerciales, lo cual "priva a los consumidores de Croacia, Chipre, Portugal y España de ofertas de crédito potencialmente más ventajosas procedentes de prestamistas de otros Estados miembros", explicó Bruselas. De hecho, el Ejecutivo asegura que esa situación "dificulta la competencia, limita las posibilidades de elección y lleva a unos precios más altos".
La norma introduce la Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN), que busca permitir a los prestatarios comprender mejor los riesgos inherentes a su contrato hipotecario; medidas para evaluar la solvencia de los solicitantes de una hipoteca y principios para autorizar y registrar a los intermediarios de crédito.
Asimismo, posee disposiciones relativas al reembolso anticipado, los préstamos suscritos en moneda extranjera, las prácticas de venta vinculada, la educación financiera, la tasación de la propiedad, las demoras y la ejecución hipotecaria. Además de en 2015, la Comisión ya pidió a España en mayo y noviembre del año pasado trasponer la directiva a la legislación nacional.
Nuevo tirón de orejas de Bruselas
No es la primera vez que Bruselas tira de las orejas a España. En abril de 2016 tres años después de que la CE considerara ilegal y abusiva la ley española que regula los desahucios, abrió un procedimiento de infracción contra nuestro país para que adaptase a la legislación comunitaria la normativa nacional sobre el procedimiento civil que regula la ejecución hipotecaria y las órdenes de pago.
Hay que recordar que con la normativa comunitaria en la mano, los jueces españoles pueden, por ejemplo, paralizar todos aquellos procedimientos de ejecución hipotecaria -lo que popularmente se conoce como desahucios- en los que consideren que las hipotecas firmadas por los afectados contienen cláusulas o condiciones abusivas, como intereses de demora o vencimientos anticipados del préstamo. Con la normativa española, los jueces no estaban autorizados a paralizar ninguna ejecución hipotecaria aunque hubieran detectado la presencia de cláusulas abusivas en la hipoteca.