¿Su comunidad está haciendo obras de mejora? ¿Están reformando el portal para mejorar al accesibilidad? ¿O han cambiado las tuberías comunes para ahorrar agua? Si es así hable con su administrador, o en su defecto, con el presidente de la comunidad y vea qué parte proporcional del coste total de las obras se puede deducir en su próxima declaración de la renta.
El Gobierno ha ampliado del 10% al 20% la deducción en el IRPF por rehabilitación de viviendas, que además se extenderá a las segundas residencias. Para ello, todas las mejoras deben estar orientadas a estimular la eficiencia energética, la salud, el medio ambiente y la higiene.
Es decir, cambiar las tuberías comunes, colocar los sensores de movimientos que encienden la luz al entrar en el portal o al acercarse a un número determinado de metros del ascensor, el arreglo de las cubiertas o la instalación de las rampas para suprimir las escaleras de acceso serán deducibles.
En cuanto al importe, hasta que entre en vigor la normativa aprobada por el Consejo de Ministros, será deducible un 10% para un importe máximo de 4.000 euros. Es decir, le correspondería aplicarse una deducción de 400 euros (que se elevará hasta los 800 euros si finalmente entra en vigor la ampliación del límite al 20% y que también se aplican a las obras en vivienda habitual).
En este sentido, será el administrador o el presidente de la comunidad de propietarios el encargado de comunicar al vecino el importe máximo de acuerdo con su coeficiente (en el que se tiene en cuenta el número de metros, si tiene garaje o trastero etc.).
También es cierto, que en obras pequeñas y comunidades grandes la deducción puede pasar inadvertida. Es decir, si la obra es de 40.000 euros y se aplica entre 100 propietarios, finalmente el importe deducible es de 40 euros.
Otra de las novedades que recoge el Consejo de Ministros es que estas deducciones se van a poder también aplicar a la segunda vivienda.
Además, de las deducciones, también hay que contar con las subvenciones, que algunas llegan hasta el 75%. Así, las tareas que se pueden financiar con este dinero público son, por ejemplo, el embellecimiento exterior de los inmuebles con una subvención del 25% de la inversión; las mejoras de la seguridad, accesibilidad y salubridad de los edificios con una ayuda de un 25%; las mejoras en la eficiencia energética de los edificios que suponga, al menos, una disminución del 15% de las emisiones de CO2, la mejora de la accesibilidad del edificio, la instalación de ascensores con una subvención del 70%; entre otras.
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En cuanto a la deducción por obras en la vivienda particular de los contribuyentes, el Gobierno ha elevado del 10% al 20% y también ha ampliado el umbral de la base imponible. Así, la deducción completa podía aplicarse los contribuyentes con una base imponible de menos de 33.007 euros, un umbral que ahora se amplía a los 53.007,20 euros, según consta en la referencia del Consejo de Ministros.
Dichas reducciones se rebajarán de forma progresiva en función de las bases imponibles de los contribuyentes, hasta llegar a los 71.007,20 euros, el nuevo tope para beneficiarse de este estímulo.
La reforma también eleva el límite máximo de base de deducción anual, que pasa de 4.000 euros a 6.750 euros, lo que, según el Ejecutivo, significa que la deducción anual máxima de la que se puede beneficiar un contribuyente será de 1.350 euros.
Además, se incrementa el límite plurianual máximo deducible del volumen de la obra de 12.000 a 20.000 euros.
Esta medida se podrá aplicar únicamente a las obras realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012, y podrán llevarse a cabo en segundas viviendas -incluidas las que se pongan en alquiler - con la única excepción de que no estén relacionadas con las actividades económicas del contribuyente.
Fuente: http://www.finanzas.com/