Los inquilinos que preparen su declaración de la renta este año van a poder deducirse el alquiler y la compra de su casa si empezaron a pagar al promotor y la casa no fue entregada el año pasado por estar todavía en construcción.
Respecto a la deducción por alquiler, se pueden desgravar el 10,05% de las cantidades destinadas al alquiler de vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.020 euros. El límite máximo para beneficiarse de esta deducción es de 9.015 euros, si la base imponible es igual o inferior a 12.000 euros; y se irá reduciendo progresivamente hasta alcanzar los 24.020 euros.
La deducción estatal por alquiler es compatible con otras desgravaciones similares que existen en diferentes comunidades autónomas para fomentar el alquiler.
Fuente: http://www.enalquiler.com/
La deducción estatal por alquiler es compatible con otras desgravaciones similares que existen en diferentes comunidades autónomas para fomentar el alquiler.
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