El Tribunal Supremo ha ordenado este miércoles anular varias cláusulas incluidas en los contratos de tarjetas de crédito, préstamos e hipotecas que suscribían los clientes del Banco Santander, BBVA, Bankinter y Caja Madrid por considerar que son "abusivas", "desproporcionadas" o "confusas".
En una sentencia publicada hoy, la Sala de lo Civil del Alto Tribunal estima así parcialmente el recurso que interpuso la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) contra la decisión de la Audiencia Provincial de Madrid de declarar en 2005 válidas varias de las cláusulas denunciadas. Entre las anuladas ahora por el Supremo destacan las que descargaban totalmente en los propietarios de tarjetas de crédito o de débito los perjuicios acarreados por su uso fraudulento, en tanto en cuanto esas circunstancias no fueran comunicadas a las entidades financieras.
La sentencia, en la que ha actuado como ponente Juan Antonio Xiol Ríos, establece que "la existencia de un extravío o sustracción debe comunicarse sin demora indebida desde que se conoció la desaparición". No obstante, cree que "las cláusulas que eximen de total responsabilidad a la entidad bancaria de manera indiscriminada y sin matización o modulación alguna son abusivas" y "desproporcionadas", ya que "son harto frecuentes los casos en que la diligencia de las entidades advirtió utilizaciones indebidas, avisando incluso a los usuarios, que lo desconocían".
En la misma línea sitúa a las cláusulas que excluyen "en todo caso" la responsabilidad de la entidad bancaria cuando el PIN o contraseñade una tarjeta es obtenido por coacción o fuerza mayor.
Fuente: www.elpais.com