Los seguros para la gestión de apartamentos turísticos


La llamada "economía colaborativa" ha supuesto un boom en el alquiler de pisos a turistas. Ello ha conllevado una creciente protesta del sector hostelero por considerarlo competencia desleal, y una oportunidad de oro para Hacienda para aflorar ingresos hasta hace poco ocultos.

El resultado ha sido la intervención de las comunidades autónomas, obligando en muchos territorios a dar de alta los pisos como apartamentos turísticos y a obligar a la suscripción de un seguro de responsabilidad civil "profesional" para la actividad.

¿Y qué cubre un seguro de responsabilidad civil para apartamentos turísticos?

Cubre los daños, materiales, personales y económicos que produzcamos a nuestros inquilinos.

Ciertamente daños materiales y/o personales que produzcamos a nuestros inquilinos son poco probables, tendría que desprenderse el techo o un mueble y golpear a alguien o algo dañándolo. No es imposible, pero si poco probable. No es menos cierto que nos protege contra una posible reclamación aunque sea injustificada si el inquilino ha sufrido una accidente por su propia torpeza, resbalarse en la bañera, o quemarse usando la cocina.

Pero lo esencial de este seguro es cubrir los daños económicos que produzca a sus inquilinos.

Veamos unos ejemplos: si usted se equivoca y alquila el mismo piso durante el mismo periodo a dos familias distintas. El que llegue el último, se va a encontrar con una situación muy desagradable. Va a tener que buscar otro sitio, que según en qué época del año puede ser complicado, probablemente la primera noche tendrá que ir a un hotel y, cuando encuentre algo, lo normal es que sea más caro o más lejos. Lo normal es que todo esto e incluso un cierto daño moral le sea reclamado, pues su error ha generado importantes molestias a sus clientes.

Pero en otras ocasiones puede ser sin culpa suya en absoluto. Supongamos que dos días antes de que lleguen los inquilinos se rompe la bajante general de las aguas fecales, afectando a su piso y haciéndolo inhabitable y sin tiempo para reparar. Es evidente que el propietario no ha cometido ningún error, pero los inquilinos se han quedado sin piso. Volvemos al escenario anterior de una reclamación que, según las circunstancias, puede llegar a ser importante.
¿Y el seguro de hogar?

Son muchas las personas que nos preguntan si el seguro de hogar no valdría, pues también tiene como garantías la responsabilidad civil.

Lo primero que hay que indicar es que se debe comunicar a la compañía el uso del piso, pues es un riesgo agravado frente a la vivienda habitual. Los inquilinos no la cuidan de la misma manera y hay mucho trajín de llaves. Pero entendiendo que si el seguro está bien hecho, es cierto que si se dobla la responsabilidad civil por daños materiales y/o personales, pero no los daños económicos. El seguro de hogar no va a responder al hecho de que los inquilinos no puedan ocupar la vivienda en los días contratados, de ahí la necesidad de suscribir un seguro específico.
¿Y el seguro para apartamentos turísticos es caro?

A mucha gente le fastidia tener que comprar el seguro por imperativo legal, pero desde 250 anuales se puede tener el seguro. Conviene distinguir entre las personas físicas que solo tienen un piso que destinan a este fin y los profesionales que gestionan un número importante de pisos, cuyo riesgo es mayor, por lo que convendrá que adquieran una cobertura superior.

En definitiva, aunque es un seguro obligatorio en la mayoría de las comunidades autónomas, es un mejor contar con el respaldo del seguro puesto que los accidentes son imprevisibles.

 
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