Las claves de la nueva ley de amortización hipotecaria


España abaratará por ley el coste de amortizar anticipadamente una hipoteca o cualquier préstamo inmobiliario, incluso los ya firmados, y permitirá que, de forma general, a partir del sexto año la entidad financiera no cobre comisión alguna por este concepto al consumidor. Desde Kelisto nos dan la clave de la nueva normativa.

¿En qué consiste?

Estefanía González señala que "Esta nueva ley es el resultado de la transposición de una directiva europea que lo que pretende es mejorar la protección del consumidor a la hora de contratar una hipoteca y regular algunas cuestiones relativas al trabajo de prestamistas, sean bancos u otro tipo de agentes crediticios". 

¿Qué consencuencias tendrá para el hipotecado?
Aunque realmente casi todo el contenido de la ley afecta de una forma u otra a prestamistas y prestatarios, los puntos que afectan más directamente al consumidor son los relativos a:

1. Transparencia
La ley determina que los prestamistas tendrán que actuar de forma "honesta, imparcial, transparente y profesional" y que las obligaciones de información que tenga el prestamista no podrá suponer un coste extra para el consumidor. Además, el Ministerio de Economía podrá dictar disposiciones relativas a cuestiones como la información precontractual, las condiciones de comercialización y la publicidad de las hipotecas.
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2. Comisiones
Una de las grandes novedades de esta ley es que ya no se podrán cobrar comisiones de apertura y estudio por separado. Solo se podrá aplicar un coste por apertura en que el que se incluirán todos los gastos de estudio y tramitación. Además, si se trata de una hipoteca en divisas , la comisión por cambio de moneda también irá incluida en esa comisión de apertura.

3. Préstamos en moneda extranjera 
Otra cuestión importante tiene que ver con estas hipotecas. La nueva ley permitirá que los hipotecados puedan volver a tener su préstamo en euros siempre que lo quieran. Por su parte, las entidades tendrán que informar de forma mucho más pormenorizada sobre este tipo de productos y tendrán que avisar al cliente si llega un momento en que la cantidad que pagan en moneda extranjera es un 20% superior a la que pagarían en euros.

4. Reembolso anticipado
Sin duda, uno de los grandes cambios tiene que ver con el coste de la amortización anticipada: hasta ahora, la ley marcaba que las entidades tenían libertad para cobrarla o no; además, ponía en límite en el 0,5% (en los cinco primeros años de vida del préstamo) o en el 0,25% (en el resto). Con la entrada en vigor de esta ley, solo se permitirá que la entidad opte por una de estas soluciones si quieren una compensación por amortización anticipada: cobrar un máximo del 0,25% durante los cinco primeros años y después nada. O cobrar un máximo del 0,5% durante los tres primeros año y después nada. 

Para HelpMyCahs.com señala que la nueva ley eliminará la comisión de amortización anticipada, que actualmente se fija en un 0,50 % sobre el capital pendiente si se amortiza en los cinco primeros años de hipoteca y del 0,25 % si se hace a partir del sexto. Con la nueva ley, se elimina la comisión a partir del sexto año y se limita al 0,50 % los tres primeros años o 0,25 % los cinco primeros, dando a elegir a la entidad la opción que quiera aplicar.

¿Y para los bancos?
1. Formación del personal que concede préstamos
La ley determina que el personal que esté al servicio del prestamista en el proceso de contratación de la hipoteca (en sucursales o por otras vías) tendrá que tener conocimientos adecuados para desempeñar la labor y que el Ministerio de Economía establecerá cuáles son esas cualificaciones mínimas.

2. Prohibición de venta vinculada de préstamos

En este punto, no hay cambios. Se prohíbe la venta de productos vinculados obligatorios para poder contratar una hipoteca, pero sí se permitirá que ocurra como hasta ahora: que los bancos pongan como condición la contratación de productos extra para rebajar/bonificar el interés de una hipoteca. Lo que sí se permitirá es que el banco exija la contratación de un seguro que sirva como garantía para que el consumidor siga pagando su hipoteca.

3. Política retributiva
Otra de las grandes novedades del texto es que se prohíbe que la retribución de quienes tengan que evaluar la solvencia del consumidor esté ligada a la cantidad de solicitudes aceptadas. Con esto se pretende conseguir una gestión "sana y eficaz" del riesgo, cosa que durante los años previos a la crisis no sucedió. En el caso de las personas que realicen labores de asesoramiento, se tendrán que poner en marcha mecanismos para que no haya nada que afecte a su capacidad para actuar a favor del consumidor.

Para concluir HelpMyCash.com recuerda que para empezar, la nueva norma se aplicará con carácter retroactivo, por lo que las entidades tendrían que devolver cantidades previamente cobrados. Además, la comisión del 0,50 % en los tres primeros años o del 0,25 % en los cinco primeros solo podrá cobrarse si supone una pérdida para el banco.

4. Quiénes pueden prestar servicios de asesoramiento
La norma también especifica quiénes podrán prestar servicio de asesoramiento financiero y se regula el régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario.

¿Afectará de alguna manera a las nuevas hipotecas que se conceden?
Hasta donde sabemos, al menos el tema de la amortización anticipada sí se va a aplicar a todas las hipotecas, antiguas y nuevas. No obstante, habrá que esperar para ver la redacción final. Por ahora, el anteproyecto está en un período de consulta pública hasta el 15 de septiembre.

Fuente: http://www.finanzas.com/
 
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