A escasos 10 días para que acabe la Campaña de la Renta 2015, la vivienda es uno de los recursos más frecuentes que algunos contribuyentes usan para defraudar a la Agencia Tributaria (AEAT).Uno de los engaños más habituales es declarar que la segunda vivienda, que no desgrava, es la habitual para pedir la deducción por la hipoteca que se pidió al adquirirla. Tal deducción, que afectaría ya solo a las que se compraron antes de 2013, suele intentarse cuando la distancia no supera los 80 ó 90 kilómetros. Es poco creíble que alguien vaya todos los días a trabajar a Madrid desde Almería.
Una segunda mentira de quien tiene dos casas en propiedad es la de declarar que la de mayor valor catastral es la habitual, aunque no lo sea, para así tributar menos que si se trata de la vacacional. La tentación es mayor este año, dado que ha subido lo que hay que declarar en el IRPF para las segundas viviendas en general: se imputará como renta el 2% de valor catastral que figura en el recibo del IBI o del 1,1% si este ha sido revisado.
Hay casos en los que la pareja tienen dos viviendas, por ejemplo, una heredada y otra comprada, y declara que cada cónyuge vive en una de las casas, para no tributar por imputación de renta por la que no se ocupa habitualmente. El Código Civil presume que los cónyuges viven en la misma vivienda, cosa que no siempre ocurre pero habrá que demostrarlo.
La vía de comprobación para este y otros casos se basa en que la Agencia Tributaria puede pedir información sobre los consumos a las suministradoras.
Otra mentira que arrecia en la era posburbuja es la de declarar que se habita el piso cuando, en realidad, el comprador sigue viviendo o ha tenido que volverse a casa de sus padres. Hay un plazo de 12 meses para habitar una primera vivienda pero es fácil encontrar contribuyentes, sobre todo jóvenes, que compran pero siguen viviendo con sus padres. Si se firmó la compra antes de 2013, se seguirían deduciendo como si vivieran en la casa para, además, no tener que imputarla como renta. El infractor tendrá que devolver la deducción incorrecta, con intereses de demora más una sanción por haber mentido a la Agencia Tributaria.
Un fraude de mayor calado es el de las compraventas en las que parte se producen en dinero negro, ahorrándose ITP o IVA, en el que la parte del león se la llevaban las promotoras.
Arrendamientos
El del alquiler es un campo que no se libra. Para empezar, “más de un millón de arrendamientos no se declara; el 41,4% son sumergidos en toda España; porcentaje que llega al 55% en Andalucía”, según José María Mollinedo, secretario general del sindicato Gestha.
Como vemos, es común el fraude de quien tiene una casa en alquiler y no lo declara a la Agencia Tributaria y así, ¡todo para la caja B! En el caso de los garajes, el fraude es doble, porque no solo hay que declarar lo que se ingresa en el IRPF, sino que también hay que repercutir el IVA. Aunque se trate de particulares, la persona física se considera empresario. Lo mismo que sucede cuando es un alquiler turístico si ofrece servicios de hostelería: está sujeto a declaración de IVA.
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Hay también quienes viven en alquiler con varios inquilinos más y todos se desgravan el total de la renta, en lugar de la parte proporcional, y se da el caso del propietario que tiene cuatro pisos en alquiler y arrienda uno de ellos a cuatro jóvenes, pero declara que cada uno vive en uno para no tener que imputarse las rentas de los tres vacíos.
El propietario que alquila una vivienda tributa por el 40%, gracias a una reducción legal del 60% menos los gastos. De hasta qué punto afina el defraudador dan idea aquellos que apuntan, para deducirse, como gastos de amortización la compra de muebles o electrodomésticos para su vivienda habitual, como si estuvieran destinados a la alquilada. Así, quien sí se ha invertido 3.000 euros en mobiliario, restaría 300 euros al año durante diez años de lo que ingresa por arrendamiento. En ocasiones se trata de cantidades mínimas. Nada es poco para hurtarlo a un Fisco que, según algunos expertos “tiende a criminalizar al ciudadano” y, según Mollinedo, “se centra en un trabajo burocrático que penaliza a quien está poco asesorado, más que a las grandes rentas”.
En las inspecciones realizadas por los agentes tributarios de la AEAT, visitando los inmuebles, no falta quien admite ser inquilino pero, pasados unos días, se desdice indicando que, en realidad, es un pariente del dueño. O quien no duda en aportar un DNI y un nombre falso. Hay contribuyentes que no figuran como declarantes pero olvidan declarar alquileres de 40.000 euros a la semana o de 5.500 euros por noche, según fuentes de Hacienda.
Mollinedo apunta que también hay casos en que se trata más de irregularidad que de ánimo de defraudar. “Es caso del propietario que complementa su pensión o renta con el alquiler y, sin asesoramiento alguno, cuando le dejan de pagar ignora que debe seguir declarando la renta mensual hasta que pasen seis meses desde la primera gestión de cobro de la renta impagada”. En cambio, “hay grandes fraudes, como el del profesional gibraltareño que vive como inquilino en España pero ni paga impuestos como tal, ni los de la compraventa de la mansión que adquirió en paraísos fiscales de forma opaca para el Fisco español”. Pero ese es ya es otro capítulo.
La Agencia Tributaria llama a su puerta
Más de 24.000 casas han recibido una visita de agentes tributarios para detectar alquileres sin declarar, en el marco de la lucha contra la economía sumergida, ente 2012 y 2015. Aún en caso de que no esté alquilado, la Agencia Tributaria (AEAT) comprueba que el propietario esté declarando bien. Parte de ellas son las realizadas por zonas para controlar los alquileres vacacionales. Y se suman más de 4.000 específicas para comprobar la aplicación de deducción por compra de vivienda habitual. Visitas no equivalen a inspecciones, que son muchas más, según fuentes de la AEAT.
En el caso de los alquileres, a la visita se sumaba la información -de portero, vecinos y otros terceros- que se cruzaba con lo declarado. Fueron añadiendo datos como el recibo de la luz o un análisis, caso por caso, de las ofertas en Internet. Recientemente, encuadrado en un plan especial de control del comercio electrónico, la AEAT, gracias a herramientas informáticas propias, cuenta con tal información de forma global y sistematizada. Las entidades financieras son algunos de estos terceros que aportan información.
El resultado es que se están mandando avisos a quien se considera tendría algo que declarar en el periodo voluntario en que estamos. ¡Ojo! Que recibir un aviso de cara a la campaña de la renta de 2015 no quita para que sigan comprobando los rendimientos por alquiler que pudo haber obtenido en años anteriores.
Datos cruzados
Internet es una mina de información a cruzar con la de las agencias inmobiliarias y se añade el apoyo de las Unidades de Auditoría Informática (UAI) de la Agencia Tributaria en las sedes de inmobiliarias que intermedian, así como la información de investigaciones previas realizadas por la Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) de la AEAT, en relación con las plataformas digitales, como Airbnb.
Con o sin el aviso de Hacienda, además de declarar los ingresos de 2015, sin recargo, ni sanción ni intereses, se está a tiempo de hacer una declaración complementaria de ejercicios pasados por ingresos no declarados, con lo que habrá recargo e intereses, pero no sanción. Si es la AEAT quien le regulariza, cobrará por devengo de intereses y sanción: un mínimo del 50% de lo que tendría que haber abonado, con reducciones por conformidad y pronto pago.
Fuente: http://www.elpais.com/