Que los bancos intentan colocar seguros y otros productos y servicios junto al préstamo hipotecario no es un secreto. Tras esta práctica esta la legítima pretensión de rentabilizar al cliente y fidelizarlo, buscando que a cambio de financiarle la compra de su vivienda se vincule con la entidad financiera y concentre su actividad.
Si el banco ofrece hipotecas competitivas y productos vinculados con una buena relación coste-beneficio, esta forma de comercialización cruzada es óptima. Si además los empleados de la oficina que asesoran al cliente conocen en profundidad su trabajo, tanto a nivel hipotecario como en relación a la complejidad de los seguros, la apuesta es sin duda alguna ganadora.
¿Qué seguros comercializan los bancos?
Los bancos no son aseguradoras, sino agentes de seguros, más concretamente Operadores de Banca Seguro (OBS). Realizan la actividad de mediación utilizando las redes de distribución de las entidades de crédito; de su saber hacer responde la aseguradora que los acepta como agentes y es a esta a la que hay que reclamar o notificar cualquier situación relacionada con la póliza.
Por ejemplo, para cancelar un seguro que ya no queremos seguir pagando, no hay que esperar que sea el banco el que tramite la baja.Ramón Calvo, corredor de seguros, explica que, en base al artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro, hay que avisar fehacientemente —con carta certificada o burofax— a la aseguradora, con dos meses de antelación al vencimiento —a partir de enero de 2016 este plazo se reduce a un mes—, de que no deseamos renovar.
Como agentes de seguros, los bancos pueden ofrecer productos de una o varias aseguradoras, con la obligación de proporcionar una adecuada formación al personal de oficina que se encarga de comercializar las pólizas. La información que proporcionen al cliente, por ley, debe ser veraz y suficiente.
Hay que diferenciar la labor encargada al banco en materia de seguros, limitada a comercializar las pólizas de una determinada compañía, de la de los corredores, expertos que deben ofrecer un asesoramiento independiente, profesional e imparcial a sus clientes. Por muy buen profesional bancario que nos atienda, solo nos ofrecerá los productos de las compañías que represente como agente.
¿Me pueden obligar a contratar un seguro para concederme la hipoteca?
Los bancos tienen prohibido obligar a sus clientes a contratar seguros a cambio de concederles un préstamo hipotecario. La Ley 26/2006, de mediación de seguros y reaseguros privados, prohíbe a todo mediador de pólizas —bancos, agentes o corredores— “imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguro”. Si el director del banco afirma que no nos aprobará la hipoteca si no contratamos “sus” seguros, está infringiendo la ley. Además de interponer la correspondiente denuncia o reclamación, estamos ante una señal inequívoca de que el banco en cuestión no merece nuestra confianza como clientes. Busquemos la hipoteca en otra entidad financiera. Nuestro bolsillo y conciencia nos lo agradecerá.
Bonificar el tipo de interés en función de los seguros y demás productos contratados, si consta en la escritura, sí está permitido. Cuestión muy a tener en cuenta es que sea una bonificación y no una penalización encubierta. Es decir, se permite que el banco nos baje el tipo de interés si nos vinculamos, pero no que nos cobre unos intereses muy superiores al mercado si no lo hacemos.
No todos los seguros son iguales
Pese a la creencia de buena parte de los consumidores, no todos los seguros son iguales y, por tanto, no se pueden comparar solo en base al coste. Carlos Lluch, experto independiente de iAhorro.com, pone el ejemplo de un banco que ofrece un seguro de hogar “barato” a los hipotecados, pero con una “pequeña” pega: la cobertura solo se activa si se quema un 85% de la vivienda. Imaginemos el coste potencial de contratar este seguro si, por desgracia, se nos incendia media casa y la aseguradora se desentiende.
Por otro lado, un seguro de vida puede resultar económico los primeros años, a modo de gancho, pero hay sube de precio a medida que envejecemos. “Un precio razonable de partida puede ser difícil de soportar a los pocos años si lo que nos dieron fue un anzuelo a morder y no una oferta de mercado”, alerta el corredor de seguros.
Analiza la relación coste-beneficio
En conclusión, ¿sale rentable contratar un seguro con la hipoteca, si bonifica el tipo de interés a pagar? La respuesta depende del precio de la póliza contratada mediante el banco en relación al mercado libre, y de la bonificación del tipo de interés que proporciona.
Por ejemplo, solicitamos un préstamo hipotecario de 100.000 euros, con un tipo fijo del 3,50% a 20 años. El banco nos bonifica 0,20 puntos porcentuales si contratamos un seguro de hogar, que nos cuesta 180 euros. En el mercado libre tenemos un seguro equiparable por 117 euros anuales, con el mismo capital de continente y una responsabilidad civil de 300.000 euros. Lluch puntualiza que “el coste puede variar en función de la situación de la vivienda o los materiales de que estén hechas sus conducciones, entre otras cosas.”
Si no contratamos el seguro de hogarque nos ofrece el banco, la hipoteca aplica un tipo fijo del 3,50%. La cuota durante todo el plazo del préstamo resulta ser de 580 euros mensuales. Contratando el seguro el interés fijo baja al 3,30% y la cuota resulta ser de 570 euros. ¿Nos compensa? El seguro que contratamos cuesta 63 euros más y nos ahorra 10 euros al mes en intereses. Por tanto, al año pagamos 57 euros menos por haber aceptado la vinculación que nos exige el banco. En este caso salimos ganando contratando el seguro de hogar vinculado, pero este ahorro de 57 euros nos puede salir muy caro si no hemos asegurado adecuadamente el bien. Si el empleado del banco es un experto y se ha tomado el tiempo necesario, habrá analizado los riesgos y tendremos la casa bien asegurada. Sin embargo, la cruda realidad de muchas oficinas no cumple con estos mínimos.
Para saber si este ahorro de 57 euros es verdadero, nos tenemos que fijar en lo que nos explica el bancario. Si analiza las características de la casa y su valor a efectos del seguro, adapta la póliza a las peculiaridades de la vivienda y a lo que queremos asegurar de contenido —cuadros, colecciones de sellos, o cualquier bien de especial valor—, nos explica la póliza y responde a nuestras dudas, estamos ante un buen asesoramiento y un seguro económico. Si, por el contrario, ni se sienta con nosotros a leer la póliza ni sabe responder a nuestras dudas, estamos jugando a la ruleta rusa con nuestros bienes por un ahorro de 57 euros al año.
Este mismo cálculo y consideraciones hay que hacerlas con los demás seguros que el banco bonifica, como el de vida o de protección de pagos. En estos últimos, dada su mayor complejidad y menor competencia, es dónde más divergencias hay en precio y cobertura. Si somos autónomos, por ejemplo, de nada nos servirá contratar un seguro de protección de pagos que nos cubra las cuotas si vamos al paro, ya que no existe esta posibilidad. “La calidad es lo que nos queda cuando ya hemos olvidado el precio”, sentencia Lluch.