El pasado mes de julio el Congreso de los Diputados aprobó que las reclamaciones sobre cláusula suelo dejen de ser competencia de los Juzgados de lo Mercantil, para ser responsabilidad de los Juzgados de Primera Instancia, a partir del 1 de Octubre de 2015
Una medida que reducirá los trámites en más de 2 años
Esta medida provocará que se agilice el proceso de reclamación y se acorten los plazos, ya que los Juzgados de lo Mercantil estaban saturados y las demandas se demoraban aproximadamente 3 años,señalan desde el comparador HelpMyCash.com.
Cuando los Juzgados de Primera Instancia recojan el testigo reducirán el plazo a aproximadamente 8 meses o 1 año. Una diferencia de tiempo notable, que beneficiará a los más de 2.500.000 afectados por suelo en la hipoteca que sigue habiendo en España.
De momento la nueva disposición solo se aplicará para los hipotecados que inicien un proceso de demanda individual a partir del próximo 1 de octubre, por lo que no atañerá directamente a las demandas que se encuentren interpuestas. Aunque sí les afectará indirectamente y de forma positiva, ya que los Juzgados de lo Mercantil verán reducido su trabajo, y los procesos también serán más ágiles.
El Juzgado de Primera Instancia de Ponferrada pionero
Adelantándose a la nueva medida de carácter nacional, el pasado 11 de septiembre el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Ponferrada ha sido el primer órgano jurisdiccional de esta índole en dictar una sentencia sobre cláusula suelo.
La sentencia en cuestión obliga a Banco Ceiss (Caja España) a devolver a los demandantes los intereses cobrados en exceso desde el pasado 9 de mayo de 2013.
Recordemos que en mayo de 2013 una sentencia del Tribunal Supremo dictaminó la nulidad de estas cláusulas, siempre y cuando no haya habido información transparente por parte del banco o puedan inducir a equívocos. Por tanto, los hipotecados que se encuentren en esta situación pueden calcular lo que han pagado de más por el suelo hipotecario y demandar a la entidad.
Fuente: http://www.finanzas.com/