A las puertas de la recuperación económica y con un mercado inmobiliario que quiere hacerse un hueco tras tantos años de infortunio, nos acecha la misma pregunta con la que acabamos el ciclo anterior: ¿comprar o alquilar?
El eterno debate sigue abierto y su solución no es sencilla porque la estructura de la propiedad de vivienda en España no permite apostar por una oferta de alquiler de calidad y cantidad suficiente para que, en ciclos de mejora económica, sea una alternativa real a la compra. Resolver esta dicotomía es un serio problema, sobre todo, para personas que acceden por primera vez a una casa.
Muchos jóvenes no pueden plantearse alquilar o comprar al señuelo de que los precios son mejores o que la oferta ha mejorado porque los bancos se han introducido de forma importante en el mercado. Y esto es porque el propio mercado ha desplazado a un buen porcentaje de jóvenes por su falta de solvencia. Es importante recomponer la situación no sólo por el trasfondo social de la vivienda, sino también porque es necesario que amplias capas de población accedan a una primera casa para mantener la cadena de reposición/sustitución y el mercado se fortalezca.
Siempre que se habla de vivienda, nos vienen a la cabeza dos cuestiones: el Art. 47 de la Constitución y el problema habitacionalque se presenta a los jóvenes. Desde la Constitución, se plantea la contradictoria realidad de quién y cómo abastecer de vivienda al ciudadano para cumplir el mandato de la Carta Magna sin pasar por la intervención sobre la propiedad privada, en un claro conflicto entre derechos constitucionales a protegerse.
Desde el lado de los jóvenes, el problema es importante. La falta de un trabajo estable, salarios reducidos y una creciente rigidez crediticia hacen prever una gran dificultad de acceso a la vivienda, principalmente cuando el ahorro previo es difícil de conseguir desde un modelo laboral con dosis de precariedad.
Debiera haber un camino de confluencia entre lo público y la juventud si reconducimos el papel de la Administración en el mercado y se orienta, vía presupuesto, a procurar hacer solventes a los ciudadanos que quieran/puedan/deban acceder a una casa. La promoción de vivienda le corresponde al sector privado, asumiendo todo el riesgo del mercado. Al sector público le toca ordenar la actividad y facilitar el acceso a donde el privado, por su propia naturaleza, nunca va a llegar.
Políticas de rentas, fiscalidad y reparto de riesgos (de solvencia o mora) son caminos por los que la acción pública puede dar salida al Art. 47. La acción privada debe entender que el problema ha de compartirse. Será la responsabilidad de los Gobiernos y no sólo la actitud de las entidades privadas (financieras o no financieras) las que deban sentar las bases para que se pueda dar un acceso digno y responsable a la vivienda.
Fuente: http://www.elmundo.es/