El Gobierno aprobó el pasado 20 de junio varios anteproyectos de ley para configurar la nueva reforma fiscal. Expansión, con la colaboración del Consejo General de Economistas Reaf-Regaf, resuelve en una guía todas dudas sobre el nuevo IRPF.
¿Qué incidencia tendrá en el IRPF del deudor la dación en pago de su vivienda, admitida por el banco para cancelar una deuda de 120.000 euros que garantizaba su compra por 100.000 euros, habiendo satisfecho 10.000 euros de dicha deuda hasta la fecha?
Con la norma vigente, la plusvalía obtenida por el deudor, de 10.000 euros (110.000-100.0000) tributaría, salvo que cumpliera las condiciones estrictas para calificársele en el umbral de exclusión social.
Sin embargo, tras la aprobación de la reforma, esta ganancia quedará exenta, también cuando se produzca por ejecución judicial o notarial, siempre que no tenga otros bienes con los que pagar la deuda.
Fuente: http://www.expansion.com/

