María Eugenia Salguero nunca pensó que acabaría pleiteando contra la Administración a causa de la vivienda de protección pública (VPP) que se compró en 2007. Tiene 35 años, dos hijos y acaba de meterse en un procedimiento contencioso-administrativo "para solicitar lo que por derecho me pertenece", dice segura de sí misma. ¿Qué es lo que le corresponde? La bonificación que recibía por parte del Ministerio de Fomento de una parte de la cuota mensual de la hipoteca. En su caso, del 20% de una letra que ronda los 450 euros. Una ayuda que se conoce como subsidiación, que se ha concedido con los sucesivos planes de vivienda protegida desde 1998 hasta 2012.
Pero con la llegada de la crisis, el Gobierno adoptó algunos cambios legislativos que han puesto en jaque a María Eugenia y a otras 300.000 familias en toda España –salvo País Vasco y Navarra que tienen regímenes propios–. El primero, el Real Decreto Ley 20/2012 de julio, cuyo artículo 35 suprimió las ayudas de subsidiación de los préstamos del Plan Estatal de Vivienda de 2009-2012. El segundo, una disposición adicional segunda que el Ejecutivo coló en la Ley 4/2013, del 4 de junio, de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas, por la que "no se admitirán nuevos reconocimientos de ayudas de subsidiación de préstamos que procedan de concesiones, renovaciones, prórrogas, subrogaciones o de cualquier otra actuación protegida de los planes estatales de vivienda". Y desde entonces la guerra está abierta.
Los afectados, agrupados la mayoría en la Coordinadora Nacional de Plataformas de Afectados por la Supresión de la Subsidiación, consideran que el Ejecutivo ha eliminado esas ayudas con carácter retroactivo. "Han cambiado las reglas de juego en mitad del partido. Debido a esto, hay familias que tendrán que pagar entre 90 y 400 euros más al mes en sus hipotecas, aunque siguen sujetos a las mismas obligaciones que cuando compraron la VPO como no poder venderla o alquilarla antes de diez años", señala Nathalie Santos, portavoz de la Coordinadora. En su lucha, han conseguido el apoyo de diversos partidos políticos y de la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, que a finales de septiembre del pasado año solicitó a Fomento que cambie su interpretación sobre el citado artículo 35 del RDL 20/2012 e informe de este cambio de criterio a las Comunidades Autónomas, que son las que tramitan las ayudas. Una petición a la que, después, se han sumado homólogos autonómicos como el de Aragón, Canarias, el Síndic de Greuges de Catalunya o el procurador de Castilla y León, entre otros.
Por su parte, en Fomento niega la mayor. "Todas las ayudas reconocidas con anterioridad a dicha entrada en vigor, se están abonando en su totalidad y en tiempo y forma por el Ministerio a través de las entidades financieras colaboradoras. Y se seguirán abonando hasta la finalización del periodo por el que fueron reconocidas", señalan en el Ministerio. Entre 2013 y 2016 se destinarán 1.290 millones de euros a la subsidiación. La coordinadora ha solicitado, sin respuesta todavía, una reunión con el nuevo director general de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio, Juan Van-Halen, en el cargo desde finales de marzo.
La trampa
Para Maria Eugenia la sorpresa vino cuando en 2012 solicitó la renovación de la subisdiación –las ayudas se conceden por diez o quince años, pero cada cinco el beneficiario debe acreditar que cumple con los requisitos económicos establecidos en el plan de vivienda–. "El 18 de septiembre de ese año me concedieron la prórroga pero en Banesto me dijeron que no me la podían abonar en base a unos criterios interpretativos que les había enviado Fomento sobre el Real Decreto Ley 20/2012 de julio y como mi carta de renovación es posterior a esa legislación, me la aplican". Y aquí empezó su cruzada, primero con una reclamación ante el Ministerio de Fomento que fue rechazada; luego con un recurso de alzada que no ha tenido respuesta y ahora, por la vía judicial.
"La ley reconoce las subsidiaciones reconocidas con anterioridad pero la trampa está en las prórrogas que son consideradas por Fomento como una nueva solicitud", señala Nathalie Santos. Aunque Fomento no ha respondido a este periódico expresamente a esta cuestión, en sede parlamentaria y según un texto de respuesta al que el pasado 19 de abril ha tenido acceso Europa Press, el Ejecutivo lo ha explicado muy bien al decir que "el beneficiario debe acreditar 'ex novo' que cumple en ese momento todas las condiciones para obtener la prórroga de la subsidiación".
Sin embargo, esta interpretación está siendo discutida en los tribunales y por especialistas como Mª Carmen González Carrasco, catedrática de Derecho Civil de la Universidad de Castilla la Mancha. "La supresión de las ayudas a vivienda que no habían obtenido el préstamos en el momento de la reforma legal no vulnera la seguridad jurídica ni infringe el principio de confianza legítima, pero no se puede interpretar la norma de forma retroactiva hasta el punto de afectar a la prórrogas de préstamos ya concedidos en los que se cumplen los requisitos inicialmente exigidos", añade. Y lo ilustra con una Sentencia del Juzgado de Castellón que ha dado la razón a la demandada por considerar que "en la aprobación de la ayuda, en la casilla correspondiente a la duración se establece expresamente 10 años. Por lo que nos encontramos ante un derecho reconocido". No es la única. Recientemente, otra sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid también reconoce el derecho a la prórroga de subsidicación después de la entrada en vigor de la Ley 4/2013.
Y también, hay un recurso de inconstitucionalidad contra la segunda disposición adicional de la Ley 4/2013.
Otro caballo de batalla
La retroactividad de la supresión de las subsidiaciones no es el único frente abierto. La Coordinadora denuncia también que el Ejecutivo ha incrementado los tipos de interés "a unos niveles superiores al euribor". Todos los programas de vivienda protegida hasta 2008 aplican una fórmula de revisión de los tipos en los tres primeros meses de cada año –el plan de 2009-2012 se rige ya por el Euribor más un diferencial de hasta el 1,25%–. El pasado abril Fomento publicó las tablas de revisión, con subidas entre el 2,5% y el 3,05% y alega que la "actualización se hace tomando como referencia la variación de los últimos meses de los tipos publicados por el Banco de España".
Desde la Coordinadora, sin embargo, denuncian que "en su momento, el Gobierno justificó la supresión de la subsidiación alegando que la bajada de los tipos la compensaba". La realidad es bien distinta para Mª Eugenia Salguero. "Cuando en 2012 dejé de recibir la bonificación de la cuota hipotecaria pagaba la letra con un tipo de interés del 2,54%, a fecha de hoy, el tipo es del 2,72% y para colmo, a partir de ahora será del 2,97%. No hay que saber mucho de matemáticas para ver que ésta es otra falsedad más del Gobierno. Estoy con una reducción de jornada por guarda legal y en mi empresa me han bajado un 10% el salario. Si ahora tuviera problemas para pagar mi hipoteca tengo serias restricciones para vender la casa o alquilarla. Vamos, "¡Vaya forma de ayudar a las familias!", afirma rotunda.
Fuente: http://www.elpais.com/