Segunda sentencia que declara la nulidad de una hipoteca multidivisa


El Juzgado de Primera Instancia número 97 de Madrid ha declarado la nulidad de una hipoteca multidivisa otorgada por la Kutxa. Se trata de la segunda sentencia que falla en contra de la banca por la comercialización de estas hipotecas ya que a finales de 2012, la banca, en concreto CatalunyaCaixa perdía el primer asalto judicial.

En esta ocasión y, tal y como sucedió con la entidad catalana, el afectado, Ramón Pieltain, redactó su propia demanda y se defendió en el procedimiento, de la misma manera que hizo Xavier Dalmau.


En esta ocasión y, tal y como recoge la asociación de afectados por permutas y derivados financieros, Asuapedefim, "se trata de una sentencia más completa que la primera publicada (JPI 44 Barcelona) que da muchas esperanzas a los afectados por este tipo de hipotecas. El juez considera que “por la propia estructura del préstamo con opción multidivisas, no encontramos ante un producto complejo…con múltiples variables y de difícil predicción“.


Asuapedefim destaca en su web destaca la condición de que el firmante es abogado y, "debido a que ha sufrido en sus propias carnes la injusticia de la hipoteca multidivisa, se ha especializado en las mismas y en su defensa. Este fue uno de los argumentos de la entidad en su contra, sin embargo el juez considera que “la condición de letrado no puede conllevar que pueda considerarse como un profesional de las finanzas“.


La Kutxa, según la asociación, acusó al afectado de haber sido él mismo el que solicitó este préstamo a lo que el magistrado contesta que “no consta que se diera información precontractual alguna, por más que el préstamo multidivisas lo fuera a instancias del Sr. Pieltain, pues el hecho de que un cliente solicite un determinado producto al banco, no por ello se ha de presumir su conocimiento del mismo, y por esta circunstancia, que el Banco no tenga la obligación de información…“. De hecho, en la sentencia, el juez insiste en la "falta de información tanto precontractual como en el momento de suscribir el contrato".


La sentencia recoge también la asimetría del producto descrita por el informe pericial aportado por el demandante, en el que se observa la deuda pendiente de abonar a pesar de haber hecho importantes aportaciones a la hipoteca. Finalmente, el juez considera que “de la escritura no pueden derivarse los riesgos concretos que asumen las partes” por lo que declara la nulidad del préstamo multidivisa con la consiguiente restitución recíproca entre las partes de las prestaciones".


Los demandantes solicitaron a la entidad financiera un préstamo de 757.450,30 euros. "En su cuota 15", recoge la sentencia, "debe un 54,7% más de lo estimado con los datos iniciales y un 39,45% más del capital solicitado en el préstamo hipotecario ya que el capital inicial fue del 757.450,30 euros y en la cuota 15 el capital pendiente es de 1.056.285,45 euros. El cliente, después de haber pagado ya cinco cuotas, debe 298.835,15 euros más de capital del que inicialmente le concedieron".


Contra la sentencia, cabe recurso por parte de la Kutxa.

Fuente: http://www.elconfidencial.com/
 
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