Última oportunidad para desgravar gracias a la hipoteca


Al menos hoy, uno de octubre de 2012, quienes estén pagando la hipoteca de su vivienda habitual tienen derecho a, en su próxima declaración de la renta (IRPF 2011), a aplicar una deducción por el 15% sobre los importes abonados por ella sobre un máximo de 9.040 euros. El "ahorro” hipotecario puede llegar, por tanto, a 1.356 euros. Para apurar al máximo esta posibilidad, las cuotas mensuales pueden tener un tope de 753,33 euros por persona y año. Si no se paga al mes esta cantidad, y con el objetivo de llegar hasta los 9.040 euros, siempre cabe la posibilidad de amortizar anticipadamente (reducir la deuda) una parte de la hipoteca.

A esta deducción tienen, al menos por ahora, derecho todos los hipotecados (han de cumplir los requisitos exigidos) independientemente de su nivel de renta. La norma aprobada por el Gobierno del PSOE que limitaba esta deducción a las rentas inferiores a 24.107,2 euros quedó anulada en el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, en la que quedaba plenamente restablecida.

Llegó julio de 2012. El 14 de ese mes se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Dos cosas muy importantes se decían en él. En primer lugar, en el preámbulo del apartado I se explicaba que “las desgravaciones en el IRPF por vivienda, tras haber sido de utilidad en un año de especial debilidad de la demanda de viviendas, se eliminan también en 2013…”.

En segundo lugar se dejaba claro, que “se suprime en el período impositivo 2012 la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual aplicable a los contribuyentes que adquirieron su vivienda antes de 20 de enero de 2006”. Este último punto tiene, por tanto, carácter retroactivo: quienes adquirieron su vivienda habitual antes de esa fecha no podrán ya y tal como venían haciendo hasta ahora, aplicar en su próxima declaración de renta, un tipo del 20% sobre los primeros 4.507,59 euros. Se habrán de conformar con el 15% general.

El verdadero “quid” de la cuestión hipotecaria radicaba hasta hace unos días –se presentaban los Presupuestos Generales del Estado- en la supresión de la deducción hipotecaria con carácter general. En el Real Decreto comentado, al margen de lo que se señalaba en el Preámbulo, no había ninguna otra precisión, aclaración, explicación, desarrollo…al respecto. De ahí que, según los expertos y dado que una exposición de motivos no tiene valor legal, no había ninguna razón para dar por desaparecida legalmente esta deducción. Aunque aún sigue pendiente de aprobación, la situación se va aclarando.

El Gobierno ha anunciado un nuevo Proyecto de Ley por el que se adoptan diversas medidas tributarias e el que textualmente se señala que “en materia inmobiliaria se suprime la deducción por inversión en vivienda habitual para las adquisiciones que se realicen a partir del uno de enero de 2013. La medida, ya adelantada por el presidente del Gobierno en el Congreso de los Diputados, responde a las recomendaciones realizadas por la Comisión Europa. Se mantiene la deducción para adquisiciones anteriores a 2013”:

Fuente: http://www.elpais.com/
 
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