En pocos días acabará el verano y comenzará el curso escolar y el universitario. Para muchos alumnos, los primeros días de septiembre son sinónimo de buscar piso o (del otro lado) de alquilar el piso.
Alquilar la casa a estudiantes es una opción elegida por muchos propietarios. Puede suponer más ingresos y garantiza que el piso estará libre con relativa facilidad. Como explica la empresa Alquiler Protegido, tiene cierto riesgo, pero es una buena solución para que afloren en el mercado pisos vacíos que conseguirán dinamizar el mercado y supondrán un espaldarazo a su economía.
Alquiler completo del piso
Pero cómo hacer para alquilar un piso a estudiantes. Lo primero es decidir si alquilamos el piso completo o por habitaciones.
Si apostamos por alquilar el piso completo a un grupo de estudiantes, el contrato se regirá por la ley de arrendamientos (LAU) por lo que el inquilino encontrará la protección que no encuentra el que alquila una habitación.
En el contrato de arrendamiento deben quedar especificadas todas las normas y cláusulas de este tipo de contratos, aunque como diferenciación se incluye la temporalidad. Ésta puede ser inferior al año, pero debe quedar reflejado en el contrato, detallando el tiempo exacto de arrendamiento. En caso de que no se especifique la causa de la temporalidad, el contrato tendrá la misma duración que tiene cualquier relación arrendataria bajo la normativa de la LAU.
Para evitar posibles problemas en caso de que alguno de los ocupantes de la vivienda se vaya y los inquilinos se agarren a ello para pagar menos o dejar de pagar la renta, el propietario debe especificar que solo uno de ellos responda al abono de la totalidad de la renta.
En cuanto a las garantías de cobro, hay que subrayar que los estudiantes son insolventes por definición, por lo que debe figurar alguna persona como fiador solidario con renuncia al beneficio de exclusión, de las obligaciones contraídas por el arrendatario (sea de una habitación o de todo el piso).
Alquiler por habitaciones
Como cuenta Alquiler Protegido, si se opta por alquilar el piso por habitaciones, hay varios requisitos o normas básicas:
•El contrato está fuera de la ley de arrendamientos urbanos (LAU).
•El contrato se rige por el código civil por lo que el inquilino tendrá menos protección.
•La duración del contrato en este caso será pactado por las partes, sin prórrogas obligatorias para el propietario.
•En el contrato se deberá especificar la fecha de inicio y fin, la cuantía de la renta, la forma de pago y concretar el cuarto cuyo uso hará el inquilino.
•Debe quedar muy claro que no se puede subarrendar la habitación por parte del inquilino.
Los inquilinos por habitaciones suelen tener una morosidad menor que si se alquila un piso completo, de ahí que esta sea una de las grandes ventajas con respecto a la otra modalidad.
Fuente: http://www.20minutos.es/
Alquilar la casa a estudiantes es una opción elegida por muchos propietarios. Puede suponer más ingresos y garantiza que el piso estará libre con relativa facilidad. Como explica la empresa Alquiler Protegido, tiene cierto riesgo, pero es una buena solución para que afloren en el mercado pisos vacíos que conseguirán dinamizar el mercado y supondrán un espaldarazo a su economía.
Alquiler completo del piso
Pero cómo hacer para alquilar un piso a estudiantes. Lo primero es decidir si alquilamos el piso completo o por habitaciones.
Si apostamos por alquilar el piso completo a un grupo de estudiantes, el contrato se regirá por la ley de arrendamientos (LAU) por lo que el inquilino encontrará la protección que no encuentra el que alquila una habitación.
En el contrato de arrendamiento deben quedar especificadas todas las normas y cláusulas de este tipo de contratos, aunque como diferenciación se incluye la temporalidad. Ésta puede ser inferior al año, pero debe quedar reflejado en el contrato, detallando el tiempo exacto de arrendamiento. En caso de que no se especifique la causa de la temporalidad, el contrato tendrá la misma duración que tiene cualquier relación arrendataria bajo la normativa de la LAU.
Para evitar posibles problemas en caso de que alguno de los ocupantes de la vivienda se vaya y los inquilinos se agarren a ello para pagar menos o dejar de pagar la renta, el propietario debe especificar que solo uno de ellos responda al abono de la totalidad de la renta.
En cuanto a las garantías de cobro, hay que subrayar que los estudiantes son insolventes por definición, por lo que debe figurar alguna persona como fiador solidario con renuncia al beneficio de exclusión, de las obligaciones contraídas por el arrendatario (sea de una habitación o de todo el piso).
Alquiler por habitaciones
Como cuenta Alquiler Protegido, si se opta por alquilar el piso por habitaciones, hay varios requisitos o normas básicas:
•El contrato está fuera de la ley de arrendamientos urbanos (LAU).
•El contrato se rige por el código civil por lo que el inquilino tendrá menos protección.
•La duración del contrato en este caso será pactado por las partes, sin prórrogas obligatorias para el propietario.
•En el contrato se deberá especificar la fecha de inicio y fin, la cuantía de la renta, la forma de pago y concretar el cuarto cuyo uso hará el inquilino.
•Debe quedar muy claro que no se puede subarrendar la habitación por parte del inquilino.
Los inquilinos por habitaciones suelen tener una morosidad menor que si se alquila un piso completo, de ahí que esta sea una de las grandes ventajas con respecto a la otra modalidad.
Fuente: http://www.20minutos.es/