Pese a la lentitud con la que, por regla general, se ejecutan la mayoría de las sentencias en España, hay un caso que supone una clara excepción: los desahucios. A pesar de que la crisis ha puesto las denuncias por impago del alquiler a la orden del día, solo en el primer semestre de este año se ejecutaron en Galicia 1.152 lanzamientos (figura jurídica que define el desalojo del inquilino moroso).
Estas cifras solo son posibles gracias a las últimas reformas legislativas encaminadas a agilizar la ejecución práctica de los desahucios. La primera, aprobada en noviembre de 2009 a través de una modificación parcial de la ley de Enjuiciamiento Civil, sentó las bases del hoy conocido como desahucio exprés, que pretendía agilizar un procedimiento que hasta entonces se prolongaba de media entre diez meses y un año. Los cambios introducidos permiten exigir ahora el desahucio a partir de un solo mes de impago y obtener además una sentencia más rápida, al acortarse el plazo legal para hacer efectivo el desalojo de la vivienda de tres meses a solo 30 días desde la celebración del juicio. Entre la denuncia, la notificación y la ejecución efectiva del desahucio, sin embargo, podían pasar todavía medio año ya que la saturación de los juzgados suele demorar la señalización del juicio entre tres y cuatro meses.
Con la intención de recortar todavía más los plazos el pasado 31 de octubre entró en vigor la ley de Agilización Procesal. Esta norma dio un paso más hacia el desahucio exprés al establecer que los inquilinos morosos tendrán tan solo diez días para responder a la notificación judicial informándole de la denuncia y si no lo hace (algo bastante habitual y que contribuía a dilatar el procedimiento) se puede proceder al desalojo sin necesidad de ir a juicio. ¿El objetivo? Ejecutar el desahucio en dos o tres meses.
Fuente: laopinioncoruña.es
Estas cifras solo son posibles gracias a las últimas reformas legislativas encaminadas a agilizar la ejecución práctica de los desahucios. La primera, aprobada en noviembre de 2009 a través de una modificación parcial de la ley de Enjuiciamiento Civil, sentó las bases del hoy conocido como desahucio exprés, que pretendía agilizar un procedimiento que hasta entonces se prolongaba de media entre diez meses y un año. Los cambios introducidos permiten exigir ahora el desahucio a partir de un solo mes de impago y obtener además una sentencia más rápida, al acortarse el plazo legal para hacer efectivo el desalojo de la vivienda de tres meses a solo 30 días desde la celebración del juicio. Entre la denuncia, la notificación y la ejecución efectiva del desahucio, sin embargo, podían pasar todavía medio año ya que la saturación de los juzgados suele demorar la señalización del juicio entre tres y cuatro meses.
Con la intención de recortar todavía más los plazos el pasado 31 de octubre entró en vigor la ley de Agilización Procesal. Esta norma dio un paso más hacia el desahucio exprés al establecer que los inquilinos morosos tendrán tan solo diez días para responder a la notificación judicial informándole de la denuncia y si no lo hace (algo bastante habitual y que contribuía a dilatar el procedimiento) se puede proceder al desalojo sin necesidad de ir a juicio. ¿El objetivo? Ejecutar el desahucio en dos o tres meses.
Fuente: laopinioncoruña.es

