Últimos días para desgravar en 2010


A falta de una semana para que acabe el año, los contribuyentes disponen aún de unos días para cuadrar sus inversiones y conocer las novedades de la próxima campaña de la declaración de la renta. El Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia ofrece unas pistas que se pueden seguir si se quiere rentabilizar al máximo la declaración del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas de 2010.

Adquisición de vivienda habitual. Son muchos los que perderán el derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual si la adquieren a partir del 1 de enero del año que viene. El colegio aconseja a los contribuyentes cuyas rentas tengan una base imponible superior a 24.107,20 euros y estén pensando en comprar una vivienda, que lo hagan antes de que acabe el año puesto que a partir del 1 de enero perderán la desgravación existente hasta la fecha.

. Deducciones. Si se dan prisa y logran firmar la escritura de compra antes del 31 de diciembre se beneficiarán de las deducciones contempladas en la normativa vigente en este momento y podrán desgravar un 15% de lo que inviertan hasta un máximo de 1.352,25 euros anuales. La inversión máxima con derecho a deducción es de 9.015 euros anuales.

. Sin cambios. Aquellos con una base imponible inferior a 17.707,20 euros no notarán ningún cambio y seguirán con la desgravación como hasta ahora, aunque compren vivienda a partir de 2011.

. Ejemplo. Aquel que compre una vivienda habitual con un préstamo a 20 años antes de que acabe el año y pague unos 1.000 euros de cuota mensual podría ahorrarse unos 1.800 euros al año durante esos 20 años, siempre que no cambie el importe de la cuota y la legislación, y trabajen ambos cónyuges.

. Amortización anticipada. A los contribuyentes que estén pagando un préstamo por adquisición de vivienda y cuyas cuotas pagadas en 2010 no lleguen a 9.015 euros podría convenirles hacer una amortización anticipada hasta llegar a dicha cifra para poder deducir un importe mayor en el IRPF de 2010.

. Deducciones de la cuenta ahorro vivienda. En el próximo ejercicio fiscal la deducción de la cuenta ahorro vivienda únicamente será de aplicación a los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales.

. Aportaciones a la cuenta ahorro vivienda. Si el contribuyente está en el grupo que pierde la desgravación por vivienda a partir del año que viene, puede conservar la deducción para este año abriendo una cuenta vivienda para primera vivienda habitual, con la condición de adquirir el inmueble en los cuatro años siguientes con el riesgo de perder la deducción en caso contrario.

. Alquiler de vivienda. Los propietarios de pisos alquilados a jóvenes de entre 18 y 35 años cuyos rendimientos netos del trabajo son superiores al Iprem (532,51 euros mensuales) están exentos de tributación. En los contratos de alquiler que se firmen después del 1 de enero de 2011 el tope de edad que debe tener el inquilino para disfrutar de la deducción desciende a los 30 años.

. Reformas y rehabilitaciones. Cuando se invierta en la vivienda en concepto de rehabilitación para mejora de la eficiencia energética, higiene, salud, protección del medio ambiente, seguridad, estanqueidad y accesibilidad del edificio es posible desgravar, siempre que los pagos se realicen entre el 14 de abril de 2010 y el 31 de diciembre de 2012. En estos casos se deducirá el 10% del coste de la obra.

. Aportaciones al plan de pensiones. Son una de las fórmulas más socorridas para rebajar la factura fiscal. Las aportaciones a sistemas de previsión social -planes de pensiones, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes de empresa y seguros de dependencia- reducen directamente la base imponible del contribuyente, aunque con limitaciones. Las aportaciones con derecho a esta reducción serán como máximo desde 10.000 euros para los menores de 50 años y hasta 12.500 para los mayores de esa edad.

. Hasta 1.350 euros de ahorro en creación de empresa. Los contribuyentes que tienen previsto crear una empresa en los próximos cuatro años mediante la reforma de Sociedad Limitada Nueva Empresa pueden deducir el 15% de las aportaciones a una cuenta Ahorro-Empresa, con un límite de 9.000 euros anuales.

. Nacimiento o adopción. La deducción por nacimiento o adopción se mantiene en el presente ejercicio exclusivamente para los nacimientos que se hubieran producido en 2010 y las adopciones que se hubieran constituido en dicho año, siempre y cuando la inscripción en el Registro Civil se efectúe antes del 31 de enero de 2011.

. Retenciones en las rentas de ahorro. En las rentas del ahorro se incluyen los rendimientos del capital mobiliario como intereses de cuentas corrientes, dividendos de acciones, etcétera, así como ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de elementos patrimoniales. Hasta el 31 de diciembre de 2009 el tipo fijo era del 18%. Desde el pasado 1 de enero todas las operaciones de este tipo han pasado a un sistema de tributación progresivo: hasta 6.000 euros al 19% y desde 6.000,01 euros en adelante al 21%.

Fuente: http://www.laopinioncoruna.es/
 
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