¿Qué ocurre con la deducción por vivienda a partir de enero?


El plazo para la entrada en vigor de las nuevas medidas fiscales que penalizan la desgravación de la compra de vivienda para las rentas medias está a punto de comenzar, tras subidas fiscales en IVA, retenciones de IRPF, ahora toca el recorte en una desgravación fundamental que va a afectar especialmente a la clase media, la cuenta vivienda.

Pero la carga impositiva no sólo aumenta subiendo impuestos, también lo hace acabando con las deducciones. La más importante y más famosa, la deducción por vivienda, tiene sus días contados para más de un tercio de los españoles, ya que se sólo podrán deducirse por la totalidad, un 15% sobre 9.040 euros, los que ganen menos de 17.707 euros anuales y de forma proporcional para los que ganen menos de 24.000 euros, eliminándola para las rentas medias, uno de los segmentos más activos en la compra de vivienda y que actualmente tiene más fácil acceder al crédito. Si el punto final es toda vivienda comprada a partir del 1 de enero de 2011 y, por tanto, si compran una vivienda en 2010 pueden continuar con la desgravación durante toda la vida de su hipoteca, para algunas cuentas vivienda puede que este sea su último año, ya que con independencia de la fecha de apertura, si el contribuyente supera este límite de ganancias habrá perdido total o parcialmente la deducción.

Por tanto cobra más importancia elegir bien que cuenta vivienda utilizar y para ello desde www.iahorro.com puede comparar la oferta de cuentas vivienda existente para no solo acceder a los beneficios fiscales si no también a un atractivo tipo de interés que suelen ofrecer muchos de estos productos. No hay que olvidar, que aunque todas las entidades financieras ofrecen un producto específico para canalizar estas desgravaciones, cualquier cuenta de ahorro puede ser considerada cuenta vivienda a la hora de desgravarse siempre que su cumplan los requisitos que marque la ley (el destino del dinero aportado sea la compra o rehabilitación de la vivienda habitual y el plazo de la desgravación cuatro años).

El atractivo de este producto para los bancos reside en su naturaleza de plazo, parecida a un depósito, ya que acumula un dinero que va creciendo y sin moverse a lo largo de los años de desgravación, y por tanto el tipo de interés es a menudo superior a las cuentas normales. El cliente debe fijarse muy bien cuál va a ser su remuneración, ya que a veces esta es variable (referenciada al Euribor), por tramos, es decir a más cantidad aportada un interés más alto o incluso tener periodos promocionales. Estos últimos suelen coincidir normalmente con los primeros meses o años desde la apertura, donde el interés es mayor pero también cuando menos dinero hay depositado en la cuenta y menos vamos a recibir. Por ello, desde www.iahorro.com recomendamos que antes de abrir una cuenta compare entre las ofertas más interesantes y analice bien las condiciones de su contrato.

Una ventaja añadida para algunos de estos productos es la posibilidad de una vez finalizado el plazo y adquirida la vivienda, accedamos a ofertas a la hora de contratar la hipoteca con la misma entidad en la que teníamos la cuenta. Las bonificaciones más interesantes son aquellas que se traducen en ahorro económico puro, ya sea puntual como las reducciones en comisiones de apertura o sostenibles en el tiempo como una bonificación en el tipo de interés del préstamo con garantía hipotecaria. En estos casos nuestra recomendación es la misma, compare. Si esta bonificación se realiza sobre una hipoteca con unas condiciones peores que la del mercado puede que no sea interesante esta vinculación, por el contrario si la hipoteca es competitiva, con la contratación de una cuenta vivienda puede que consigamos "ahorro" durante un plazo mucho mayor que los cuatro años de vigencia que va a tener el producto.

Fuente: http://www.laopinioncoruna.es/
 
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