El precio de un aval hipotecario


Existen en el mercado numerosos productos hipotecarios, pero para mucha gente, a la hora de la verdad, si no cuentan con avalistas que los respalden es imposible acceder a ellos. Algo que a priori resulta ilógico. Es una sobregarantía que debería ser innecesaria.

Si el crédito hipotecario está bien concedido, el propio inmueble debería ser garantía suficiente. Esa es la lógica de una hipoteca y no buscar salvavidas extraordinarios.

Pero la realidad es que la petición de avalistas está al orden del día. Y suele suceder que los jóvenes que quieren adquirir su primera vivienda son los que más los necesitan, y suelen ser sus padres.

¿Pero qué supone avalar?

La tercera persona que se presta como avalista estará ligada a los solicitantes tanto tiempo como dure la hipoteca. Su función es garantizar el pago del préstamo y todos los gastos inherentes (seguros, demoras...), en caso de que los avalados no puedan afrontarlo.

Dada la importancia potencial de sus consecuencias, ofrecerse como avalista no es algo que pueda tomarse a la ligera.

Tres cosas importantes a tener en cuenta


El banco no mantendrá informado al avalista del estado de los pagos hipotecarios a menos que éste lo solicite expresamente a la entidad. Así que si no quiere vivir en la inopia y encontrarse de golpe con unos avalados morosos, no olvides solicitarlo

Algo que no muchos avalistas saben es que el banco tampoco está obligado a embargar el bien hipotecado. Puede optar por reclamar las propiedades de
los avalistas.

Y puede haber más de un avalista. Por ejemplo, pueden ofrecerse los cuatro progenitores de una pareja de recién casados, por dar un ejemplo relativamente habitual. Pero no siempre se sabe que la deuda no se divide por igual entre los avalistas. El banco puede ejecutar su derecho contra el avalista que tenga bienes más fáciles de embargo y liquidación.

Pero no sólo exiten los avalistas cuando se adquiere un inmueble. No es raro que en los contratos de alquiler el propietario acuerde con el arrendatario tener un aval. En este caso suelen ser avales bancarios, en los que el banco responderá del pago de no hacerlo el cliente.

En el aval bancario normalmente lo que sucede es que te estás avalando con tu propio dinero, ya que el banco exige que deposites previamente el dinero del aval. Ese dinero suele ser entre pocos meses y un año completo de alquiler. Ese dinero quedará inmovilizado y además el banco te cobrará intereses por avalarte. Por eso no suele ser algo que a los inquilinos les guste que les pidan.

Fuente: http://www.20minutos.es/
 
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