El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha anulado ocho cláusulas suelo insertas en los préstamos hipotecarios de Caja Segovia por "falta de transparencia" en la configuración de los contratos, según ha informado el Alto Tribunal en un comunicado.
En concreto, el Pleno ha dictado una nueva sentencia sobre cláusulas suelo incorporadas a préstamos hipotecarios y sobre el necesario control de transparencia. Esta sentencia reafirma la doctrina ya fijadapor la anterior del pasado 9 de mayo de 2013 y consagra "definidamente" el control de "transparencia real".
El Tribunal se refiere al necesario cumplimiento de unos "especiales deberes" a la hora de configurar estos contratos que permitan que el consumidor comprenda "realmente las consecuencias jurídicas y económicas" del producto. El Supremo aclara que este control de transparencia no se reduce a la necesidad de que las cláusulas sean "simplemente claras" desde el punto de vista gramatical.
En el caso analizado por el Supremo, la cláusula suelo no superó este juicio de transparencia al no formar parte de las negociaciones y tratos preliminares que se llevaron a cabo (oferta), ni tampoco resultó destacada y diferenciada en el contrato ni en la previa oferta vinculante al quedar inserta en una cláusula mucho más amplia y genérica sobre el interés variable.
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